En España, las agencias de viaje pueden estar sujetas al Régimen Especial de Agencias de Viaje, o REAV, y esto puede influir directamente en la posibilidad de recuperar el IVA soportado por tu empresa.
Muchas empresas, al organizar un viaje de trabajo —un congreso, una reunión comercial, una formación o un desplazamiento internacional—, suelen revisar el coste del vuelo, el hotel o el transporte, pero es frecuente que pasen por alto cómo se ha facturado el viaje a efectos de IVA.
Por eso, en esta guía te explicaremos qué es el REAV, cómo puede afectar a tu negocio y qué debes revisar para no perder oportunidades de deducción del IVA en tus viajes de empresa.
¿Qué es el Régimen Especial de Agencias de Viaje?
El REAV es el Régimen Especial de las Agencias de Viajes. Es un régimen específico de IVA que se aplica, con carácter general, cuando una agencia vende un viaje en nombre propio y utiliza servicios de otros proveedores, como hoteles, aerolíneas, empresas de transporte o alquiler de vehículos. La Agencia Tributaria lo regula dentro de los artículos 141 a 147 de la Ley del IVA.
La idea principal es sencilla: en lugar de calcular el IVA sobre cada servicio por separado, la agencia tributa normalmente por el margen que obtiene en la operación. Es decir, por la diferencia entre lo que cobra al cliente y lo que paga a sus proveedores.
Por eso, en una factura emitida bajo REAV, no va a aparecer el IVA desglosado. La cuota de IVA se entiende incluida en el precio total, y la factura debe incluir la mención “régimen especial de las agencias de viajes”.
¿Cómo puede afectar el REAV a tu negocio?
Para una empresa que quiere recuperar el IVA de sus gastos de viaje, el REAV puede tener una consecuencia importante: no permite la deducibilidad del IVA soportado.
Esto significa que una factura de viaje puede parecer correcta desde el punto de vista comercial, pero no ser útil para recuperar IVA. Por ejemplo:
- Una empresa compra a una agencia un paquete que incluye hotel, transporte y traslados.
- La agencia emite una factura bajo REAV.
- Como resultado, la empresa cliente no va a poder deducirse ese IVA.
En la práctica, esto puede convertir una parte del IVA en un mayor coste para la empresa, especialmente en negocios con mucho volumen de viajes, eventos, ferias, congresos o desplazamientos internacionales.
El caso especial de España: la posibilidad de no aplicar el REAV
Aquí es donde España tiene una particularidad muy relevante.
Aunque el REAV es un régimen obligatorio en muchos casos, la normativa española permite que, operación por operación, la agencia pueda aplicar el régimen general del IVA en lugar del REAV cuando el cliente sea un empresario o profesional con derecho a deducir o recuperar el IVA.
Dicho de forma sencilla: si tu empresa compra un viaje a una agencia y tiene derecho a deducir el IVA, puede interesarte que la agencia no aplique el REAV y facture en régimen general, siempre que se cumplan los requisitos.
En ese caso, la factura debería mostrar el IVA de forma separada, permitiendo a la empresa cliente analizar su deducibilidad o recuperación conforme a las reglas habituales del impuesto.
Esta opción debe aplicarse operación por operación y, según la información disponible, debe comunicarse al destinatario de forma previa o simultánea a la prestación del servicio; además, se entiende realizada si la factura no incluye la mención “régimen especial de las agencias de viajes”.
¿Qué deberías revisar?
Si tu empresa incurre en gastos de viaje, conviene revisar varios puntos:
- Qué tipo de factura ha emitido la agencia
Si aparece la mención “régimen especial de las agencias de viajes”, probablemente estás ante una factura bajo REAV. - Si el IVA está desglosado o incluido en el precio
En REAV, la cuota de IVA no se consigna separadamente en la factura. - Si tu empresa tenía derecho a deducir o recuperar el IVA
Si es así, podría haber sido más interesante solicitar la aplicación del régimen general, cuando sea posible. - Si la factura permite recuperar IVA en España o en otros países
Esto es especialmente importante en viajes internacionales, eventos, congresos y gastos de hotel o transporte.
¿Cómo podemos ayudarte desde 60dias?
En 60dias ayudamos a empresas a recuperar el IVA de sus gastos de negocio, incluidos los gastos de viaje, alojamiento, transporte, eventos y desplazamientos profesionales.
Nuestro trabajo consiste en revisar tus facturas, identificar oportunidades de recuperación y detectar casos en los que el tratamiento del IVA puede estar limitando la deducción o devolución.
En relación con el REAV, podemos ayudarte a:
- Revisar si tus facturas de agencias de viaje permiten recuperar IVA.
- Identificar facturas emitidas bajo régimen especial.
- Analizar si habría sido posible aplicar el régimen general en operaciones B2B.
- Detectar oportunidades de recuperación de IVA nacional o extranjero.
- Ayudarte a establecer criterios internos para pedir las facturas correctamente desde el inicio.
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