Guía de deducciones fiscales I+D+i en 2025

¿Tienes ganas de saber cómo funcionan las deducciones fiscales en I+D+i? En esta guía introductoria de 60dias te lo contamos. Por cierto, nosotros ofrecemos un servicio de deducción fiscal de proyectos I+D+i, que te servirá de complemento con todo lo que aprenderás hoy aquí.

¿Qué significa I+D+i?

Cuando hablamos de I+D+i nos referimos a Investigación, Desarrollo e innovación tecnológica, tres conceptos clave si tu empresa quiere aplicar deducciones fiscales por sus proyectos:

  • Investigación (I): Es el proceso de buscar conocimiento nuevo. Tiene que haber un objetivo claro de descubrir algo nuevo en el ámbito científico o Tecnológico.
  • Desarrollo (D): Es cuando esos descubrimientos se convierten en algo novedoso. Por ejemplo, si tras una investigación consigues crear un nuevo tipo de material o mejorar un proceso de producción, estarías en esta fase.
  • Innovación tecnológica (i): Aquí hablamos de mejorar productos o procesos que ya existen, usando tecnología. La clave es que esa mejora sea relevante desde un punto de vista técnico y represente un salto para tu empresa, aunque no sea algo totalmente nuevo en el mercado.

Diferenciar entre I+D y la innovación tecnológica (i) es importante, porque cada tipo de actividad tiene su propio porcentaje de deducción. La I+D tiene un mayor incentivo fiscal porque implica más riesgo y complejidad, mientras que la innovación es más aplicada.

Aplicar correctamente estas deducciones tiene un impacto directo y muy positivo en tu empresa. Por un lado, reduce la carga fiscal y mejora el resultado del impuesto de sociedades. También aumenta la rentabilidad de los proyectos, si establecemos una relación entre la inversión realizada y la deducción que el mismo genera.

No olvidemos tampoco que todo esto fomenta la innovación, al producir un ahorro, y aporta cierta seguridad.

¿Qué actividades se consideran I+D+i en la deducción de los gastos?

La Ley del impuesto sobre sociedades distingue claramente entre las actividades que califican como I+D y las que entran en el ámbito de la innovación tecnológica. Veamos cuáles son:

Actividades de I+D que se pueden deducir

Puedes aplicar deducción si tu empresa ha llevado a cabo:

  • Investigación original y planificada con el objetivo de generar nuevo conocimiento científico o Tecnológicotécnico.
  • Aplicación de esos conocimientos para desarrollar nuevos productos, procesos o sistemas, o mejorar los ya existentes de forma significativa.
  • Diseño y desarrollo de prototipos que aún no son comercializables.
  • Creación de software avanzado, siempre que suponga un desarrollo tecnológico real (por ejemplo, nuevos algoritmos, sistemas operativos o lenguajes).
  • Proyectos piloto o de demostración inicial, siempre que no puedan utilizarse de forma industrial o comercial directamente.

Es importante que estos proyectos estén bien definidos y documentados, ya que la deducción solo aplica a los gastos directos y específicamente individualizados por proyecto.

Actividades de innovación tecnológica deducibles

En el caso de la innovación, se consideran deducibles las actividades que:

  • Introducen avances tecnológicas relevantes en productos o procesos existentes.
  • Obtienen productos o procesos nuevos para la empresa, aunque ya existan en el mercado (lo que se llama “novedad subjetiva”).
  • Incluyen diseño industrial, ingeniería de procesos, elaboración de planos, esquemas o prototipos no comercializables.
  • Implican la adquisición y aplicación de tecnología avanzada, como licencias, know-how o patentes (con ciertos límites).

De nuevo, solo puedes deducir los gastos directamente relacionados con estas actividades, siempre que estén perfectamente identificados por proyecto.

Si tienes una empresa que invierte en innovación, desarrollo tecnológico o investigación, es muy probable que puedas beneficiarte de importantes deducciones fiscales. Sin embargo, muchas veces no se aprovechan por desconocimiento, por miedo a errores ante Hacienda o por falta de recursos para documentarlas bien.

¿Quieres datos concretos?, te los damos.

Cuál es la base de la deducción en actividades de I+D+i?

La base sobre la que puedes aplicar la deducción son los gastos directamente relacionados con el proyecto de I+D+i. Las tipologías en general, según la AEAT, son estas:

  • Costes de personal dedicado al proyecto (investigadores, técnicos, ingenieros, etc.), tanto si están adscritos parcialmente como en exclusiva.
  • Amortización de activos materiales o intangibles que se usen en el proyecto (salvo edificios y terrenos).
  • Materiales consumidos durante la investigación o el desarrollo.
  • Colaboraciones externas con universidades, centros tecnológicos o consultoras especializadas.
  • Software desarrollado específicamente para el proyecto, si encaja en las definiciones legales.

NO se incluyen:

  • Costes indirectos como alquiler, luz o limpieza (a menos que se imputen de forma razonada y documentada).
  • Gastos no individualizados por proyecto, aunque tengan relación con la I+D+i.
  • Subvenciones recibidas, que deberán restarse de la base si cubren parte de los mismos gastos.

Es clave llevar una contabilidad separada por proyecto, con todos los gastos bien justificados. Cualquier importe que no se pueda vincular directamente a una actividad concreta de I+D+i, quedará fuera de la deducción.

¿Cuáles son los porcentajes de deducción fiscal?

Te comentábamos que había una diferencia en deducciones entre I+D e i, aquí lo tienes desglosado:

Investigación y desarrollo (I+D)

  • 25 % de los gastos del año.
  • 42 % sobre el exceso si los gastos en I+D del ejercicio son mayores que la media de los dos años anteriores.
  • 17 % adicional sobre los sueldos del personal investigador adscrito en exclusiva a estas tareas.
  • 8 % adicional si hay inversiones en inmovilizado material o intangible (excepto terrenos o edificios), afecto exclusivamente al proyecto.

Innovación tecnológica

  • 12 % de los gastos que cumplan los requisitos (diagnóstico, ingeniería, diseño, adquisición de tecnología o certificación de calidad).

¿Hay límites para aplicar estas deducciones?

Sí, aunque hay cierta flexibilidad.

En general, no puedes aplicar más del 25 % de tu cuota íntegra del Impuesto sobre Sociedades. Ese límite sube al 50 % si los gastos en I+D+i del año superan el 10 % de la cuota íntegra de tu empresa.

Si no puedes aplicar toda la deducción en el ejercicio, puedes guardar el saldo para los próximos 18 años.

Como ves, dependiendo de tus gastos, podrías llegar a ahorrarte hasta un máximo del 42% sobre la base de deducción de investigación y desarrollo (I+D). No está nada mal, ¿verdad?

¿Cómo asegurarte de que lo haces bien?

Aplicar estas deducciones fiscales en I+D+i puede suponer un gran ahorro para tu empresa, pero hacerlo bien exige tiempo, conocimiento técnico y una documentación rigurosa. Si no quieres arriesgarte a errores o perder oportunidades fiscales, cuenta con un equipo experto como 60dias.

Nos encargamos de todo: analizamos tus proyectos, justificamos los gastos y preparamos la documentación necesaria para que consigas el mayor beneficio fiscal posible, con total seguridad jurídica. ¿Hablamos?